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Idiomas: exigencias mínimas nivel básico y currículo básico niveles superiores.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, establece que las enseñanzas de idiomas se organizan en los niveles Básico, Intermedio y Avanzado y que dichos niveles se corresponderán, respectivamente, con los niveles A, B y C del Marco Común Europeo