Cursos de Formación Continua en el País Vasco.

Ayudas complementarias a la Formación Programada (Bonificada)

Se considera un curso el proceso de enseñanza-aprendizaje enmarcado en el proyecto formativo de la empresa (Plan de Formación), con objetivos, contenidos y duración sistematizados, comunes a todos sus participantes.

En general, los cursos, tanto individuales como de grupo, tendrán una duración mínima por participante de 6 horas y máxima de 270. Este límite se podrá excepcionar siempre y cuando se justifique su necesidad.

Los curso serán presencial, teleformación o mixta. Se entiende por formación presencial aquella que tiene lugar en un aula, con la presencia del docente, que transmite los mismos conocimientos y en el mismo tiempo a un grupo de alumnos y alumnas, independientemente del tipo de recursos didácticos que utilice.

Es teleformación, cuando los participantes acomodan los ritmos de su aprendizaje a su disponibilidad individual, contando a tal fin con un tutor con el fin de resolver sus dudas y comprobar sus progresos, complementando así los contenidos de los materiales utilizados.

Los cursos online deben llevarse a cabo con soportes didácticos que supongan un proceso de aprendizaje sistematizado, que necesariamente será complementado con asistencia tutorial. Más info en www.aenoa.com

También se apruebe la formación impartida en los Centros de Recursos como teleformación. Es decir, una instalación con un determinado equipamiento didáctico de uso individual, al que los participantes acuden para adquirir la formación a través de diferentes soportes, teniendo además a su disposición algún tipo de tutoría para resolver sus dudas.

Los requisitos mínimos de las plataformas de formación son las siguientes:

1) La plataforma online que utilicen los beneficiarios para la ejecución de la formación deberá reunir las siguientes condiciones:

a) Usa un proyecto formativo en el que se detalle la metodología de aprendizaje, el seguimiento y la evaluación.
b) Contar con un manual on-line para el alumno sobre el funcionamiento de la plataforma y de las operaciones básicas del alumno con la misma para el seguimiento de la formación on-line, que se podrá descargar y consultar off-line.
c) Tener un sistema de aprendizaje «online» con capacidad suficiente para gestionar y garantizar la formación del alumno, que deberá poseer los siguientes requisitos:

– Reunir los niveles de fiabilidad, seguridad, accesibilidad e interactividad señalados en la norma técnica aplicable.

– Conseguir un acceso simultáneo a todos los posibles usuarios, garantizando un ancho de banda de la plataforma que se mantenga uniforme en todas las etapas del curso.

d) Poseer las licencias adecuadas para el uso de la plataforma.
e) No contener publicidad de ningún tipo. No se entenderá por publicidad el logotipo ni el copyright del fabricante.
f) Editar y modificar contenidos multimedia.
g) Tener disponibilidad 24 x 7.

 

2) Disponer de las siguientes herramientas de comunicación:

a) Foros: posibilidad de apertura, cierre y categorización de foros múltiples, simultáneos y con la posibilidad de subir ficheros de 4 Mbs como mínimo.
b) Chats: apertura de al menos un canal de chat por acción formativa.
c) Email y Correos electrónicos con posibilidad de organizar y etiquetar por parte del tutor todos los recibidos, así como de adjuntar más de un archivo.
d) Calendario de eventos: presencia de un calendario con los meses que dura el curso, personalizado e interactivo.
e) Usar un Área de información: posibilidad de editar información relativa al curso por parte de tutores y alumnos, relacionadas con noticias y sitios web.
f) FAQs: información sobre las preguntas más frecuentes.
g) También Usuarios en línea: visualización permanente de los alumnos conectados.
h) Grupos de trabajo: posibilidad de crear tantos grupos de trabajo como se crean oportunos.
i) Posibilidad de crear evaluaciones objetivas con tiempos estipulados.

 

3) Para la administración de la plataforma se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Disponer de Interface del curso donde se dará a conocer el carácter público de la financiación.
b) De un Backup con periodicidad suficiente para garantizar que en caso de que se produjera una caída del sistema, se pudiera recuperar la totalidad de los datos.
c) usar los registros de alumnos, así como el de todas las actividades que realizan y edición de informes para conocer el uso de los participantes por cada elemento y actividad de cada curso, así como los tiempos entre cada clic realizado dentro de la plataforma.
d) Entrega de la clave para que puedan llevar a cabo el control y seguimiento de todas las actividades formativas.
e) Disposición de una guía de gestión de la plataforma.
f) Asistencia técnica para la resolución de problemas con capacidad de respuesta en 24 horas.
g) Utilizar y poner a disposición un soporte a formatos de objeto de vídeo, audio e imagen de mapa de bits, de manera que puedan ofertarse contenidos en formato multimedia con actividades de aprendizaje y evaluación.

 

4) Tener una planificación de la actuación de los formadores que desarrolle la programación de cada acción formativa.

Usar requisitos y funciones de los tutores-formadores que impartan formación en la modalidad de teleformación: Los tutores-formadores que impartan formación en la modalidad online deberán contar con formación o experiencia en esta modalidad. Es necesario garantizar el seguimiento y calidad en la modalidad online, en el caso de cursos con una duración superior a 10 horas, se establecerá un mínimo de dedicación del tutor-formador de 10 horas semanales por cada 30 alumnos en la planificación de la acción formativa.

En todo caso y para cursos con una duración inferior a 10 horas, se garantizará que la dedicación del tutor-formador sea de al menos 20 minutos por alumno. Se dispondrá como mínimo de un tutor o tutora por cada 70 alumnos o alumnas participantes.

Las funciones del tutor-formador serán, como mínimo, las siguientes:

a) Usar el plan de acogida de los alumnos del grupo según las características específicas de la acción formativa.
b) Realizar un orientación y guía del alumno en la realización de las actividades, el uso de los materiales y la utilización de las herramientas de la plataforma virtual de aprendizaje para la adquisición de las capacidades previstas en los curso.
c) Aumentar la participación del alumno proponiendo actividades de reflexión y debate, organizando tareas individuales y trabajo en equipo, utilizando las herramientas de comunicación establecidas.
d) Preparar el seguimiento y la valoración de las actividades realizadas por los participantes, resolviendo dudas y solucionando problemas, a través de las herramientas del campus de aprendizaje, ajustándose a la planificación prevista.
e) Hacer una evaluación a los participantes, de acuerdo con los criterios establecidos, así como participar en la organización y desarrollo de las pruebas de evaluación.
f) Ayudar en todas aquellas actividades que impliquen la coordinación con el resto del equipo responsable de la organización, gestión y desarrollo de los cursos.

El número de participantes en cada acción de formación se determinará aplicando criterios de eficacia y eficiencia que permitan compatibilizar la optimización de los recursos financieros y cubrir las necesidades de las empresas.

Las empresas podrán organizar la formación de sus trabajadores por sí mismas, así como impartir la formación empleando para ello medios propios o bien recurriendo a su contratación hasta el porcentaje del 100%.

Para grupo de empresas, la formación se podrá organizar de forma independiente para cada una o agrupándose alguna o todas ellas. En el caso de agruparse, cualquiera de las empresas del grupo podrá organizar la formación de los trabajadores del grupo por sí misma, así como impartir la formación empleando para ello medios propios o bien recurriendo a su contratación de hasta el 100%.

Las empresas podrán optar por encomendar la organización de la formación a una entidad externa conforme a lo previsto en el art. 12 de la Ley 30/2015 de 9 de septiembre. En este caso la impartición de la formación se realizará por una entidad formativa acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de formación.

Cuando la empresa contrate agentes externos para la realización de los cursos, deberá solicitar, al menos, tres ofertas, para garantizar que la elección de proveedor ha respondido a criterios de eficacia y economía, cuando la cuantía del mismo supere la de los contratos menores previstos en el Real Decreto Legislativo 3/2011.

Ejecución del plan de formación.

Dos días antes del inicio de cada una de las acciones o grupos el titular deberá comunicar los datos relativos al lugar de impartición, ente impartidor, fecha y horario de realización de la acción en cuestión.

Con un plazo máximo de hasta el segundo día de formación, el titular deberá comunicar a Hobetuz los datos relativos a los participantes.

En el plazo máximo de 30 días desde la finalización del curso, el titular deberá indicar los participantes finalizados y cerrar la información del curso.

Se debe prepara con carácter presencial una hoja de firma diaria de asistencia, que deberá ser suscrito por el docente y todos los y las participantes. La empresa deberá comunicar el inicio y finalización de los cursos programados bajo esta iniciativa.

El abono de la subvención se realizará por parte de la fundación Hobetuz previa presentación, con anterioridad a cada pago, de los certificados actualizados acreditativos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Se consideran costes directos, desglosados por cada acción formativa:

a) Los costes correspondientes a la contratación de servicios de formación externos a la empresa.
b) El coste de formadores o formadoras internos.
c) El coste de material fungible, incluyendo el material de protección y seguridad.
d) El coste de libros y materiales didácticos.
e) El seguro de las personas trabajadoras en formación.
f) Las amortizaciones, en la proporción imputable a cada acción formativa, y alquileres de instalaciones.

La liquidación de las ayudas se realizará de manera proporcional al número de los y las participantes que las hayan finalizado y las horas lectivas efectivamente realizadas, según los módulos económicos coste/hora/curso indicados por cada curso.

En el plazo de los 20 días siguientes a la notificación de la liquidación definitiva, el beneficiario deberá estar en disposición de presentar originales, o en su caso fotocopias compulsadas, de los recibos correspondientes a los pagos considerados a efectos de la ayuda concedida.