Autorización de cursos para los Contratos de Formación.

La nueva normativa desde el 1 de enero de 2016 obliga a que el centro de formación solicite a la CCAA una autorización de acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad modalidad teleformación, señalando los datos de la entidad de formación, la especialidad principal, fecha de inicio y fin, y número de plazas ofertadas.

Al mismo tiempo, es obligatorio señalar la descripción de la acción formativa, denominación, objetivos, estructura, requisitos online y examen presencial, horarios y contactos para las tutorías. Se debe especificar el periodo lectivo de cada módulo, números de tutores, centro de las sesiones presenciales, fechas de evaluación presencial, junto a una declaración o aprobación de la entidad de formación.

También debe acompañar una Declaración Responsable, organización y gestión de la acción formativa, selección de los alumnos, perfil de los tutores y profesores, recursos humanos y materiales, sistema de gestión de la calidad de la formación, y titularidad de la plataforma online.

Además de todo el proceso formativo mediante la entrega de la planificación didáctica general de la formación, programación didáctica y planificaciones de la evaluación.

De un modo resumido:

–     Planificación didáctica curso completo. Anexo III.

–     Programación didáctica por cada módulo o UF. Anexo IV.

–     Planificación de la evaluación por cada módulo o UF. Anexo V.

Las entidades de formación deben presentar los aspectos relativos a la organización, gestión e impartición de la formación correspondiente al certificado de profesionalidad en la modalidad de teleformación, considerando además, las sesiones presenciales que se requieran. .

Debe identificar la entidad o centro de formación que presenta el proyecto así como la identificación de la especialidad formativa correspondiente al certificado de profesionalidad. Además de la planificación didáctica de la acción formativa completa, que indicará la temporalización de la formación, cumplimentada de acuerdo al Anexo III.

También la programación didáctica de cada módulo y/o unidad formativa y, en su caso la programación de las correspondientes tutorías presenciales, en las que se concretará la metodología de aprendizaje, cumplimentada de acuerdo al Anexo IV.

Es obligatorio la planificación de la evaluación de cada módulo formativo y, en su caso unidad formativa, junto a la evaluación que se van a aplicar, cumplimentada de acuerdo al Anexo V.

Por último, señalar la organización y gestión de la acción formativa:

selección, inscripción y seguimiento de los alumnos; recursos materiales y humanos necesarios para el desarrollo de la formación, y para la administración, gestión y mantenimiento de la plataforma de teleformación, así como la implantación de sistemas de gestión de la calidad de la formación.