Obligaciones de los alumnos en formación presencial autorizada.

Formación Oferta en la Comunidades Autónomas.

Los alumnos participantes en acciones autorizadas están obligados a:

1º Asistir a las clases de forma regular y continua y seguir con aprovechamiento la acción formativa.

2º Cumplir la normativa en seguridad y prevención de riesgos laborales según la actividad desarrollada en cada momento durante el desarrollo de la acción formativa.

Son causas de exclusión del alumnado:

-La falta de aprovechamiento del normal desarrollo del curso, con el visto bueno previo del personal técnico de seguimiento.

-El incumplimiento continuado de la normativa en seguridad y prevención de riesgos laborales según la actividad desarrollada en cada momento durante el desarrollo de la acción formativa, con el visto bueno previo del personal técnico de seguimiento.

El profesor apercibirá al alumno que incurra en alguno de estos supuestos dejando constancia por escrito de tal hecho, en el que se indicará el nombre del alumno apercibido, fecha en la que se produce este hecho y descripción de la causa que ha motivado el apercibimiento.

Esta información se le remitirá al personal técnico de seguimiento. Caso de que un mismo alumno sea apercibido en más de dos ocasiones, será excluido o excluida automáticamente del curso.

Será causa de no superación del módulo formativo, la acumulación de 3 o más faltas de asistencia no justificadas en un mismo mes; también serán motivo de no superación del módulo la acumulación de faltas de asistencia en un número tal (sean las bajas o no justificadas) que provoque que el alumno o alumna no asista como mínimo a un 75% del desarrollo del mismo. Cuando la ausencia se produzca por causa justificada, el alumno o alumna deberá avisar el primer día de ausencia al Centro, debiendo presentar al personal formador o tutor de la acción formativa el correspondiente justificante en un plazo inferior a 5 días hábiles.

Tendrá la consideración de falta justificada la motivada por:

  • Enfermedad.
  • Consulta médica.
  • Enfermedad de un familiar (siempre que se requiera la presencia del alumno o alumna).
  • Fallecimiento de un familiar.
  • Deber inexcusable de carácter público o privado.
  • Otras causas comunicadas con la debida antelación a los profesores

El horario de las acciones formativas en el período de estancia en el centro formativo estará comprendido entre 10 y 30 horas semanales, de lunes a viernes, salvo que por la Administración indique otra cosa.

En el supuesto de la realización de prácticas en centros de trabajo, el horario se adecuará a las condiciones de los centros de trabajo en el que se realicen las mismas. No obstante, la jornada contará como mínimo con una duración de cuatro horas y un máximo de seis horas diarias.